DALE PASAPORTE A LA IGLESIA
ESTADO LAICO ¡YA!


por
Daniel Prada
 

Treinta años de desamparo, estos es el tiempo al que nos remitimos en términos de nuestra actual democracia, considerando el articulo catorce de la constitución de 1978; que establece que: (art 14 Constitución) Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, treinta años se ha necesitado para poder tener unas leyes que por fin amparen a un colectivo discriminado, agredido, injuriado, perseguido, torturado, encarcelado y humillado hasta la saciedad por aquellos que amparándose en la idolatrita de un dogma escrito a su conveniencia y capricho y que han inculcado como valores morales a sangre y fuego en el transcurso de la historia de España. Ahora en un resurgir mediante una deleznable y delirante estrategia electoralista a dos bandas, una por parte del PP de Rajoy y compañía y por la otra la de Rouco y su camarilla. Un buen golpe de efecto para Rouco y su estrategia para conseguir la poltrona de la Conferencia Episcopal, el próximo mes de marzo, afirmando en su discurso, que hoy en día “se relativiza la idea del matrimonio”, lo que se ve amparado “por las leyes vigentes”. Además, advirtiendo como cual agitador maoista de que quien “atenta” contra la familia “debilita la principal agencia de paz” y ha hecho hincapié en que “la familia se presenta como el problema, objetivamente más importante, de la sociedad europea y española”. Listo el personaje, arropado por 40 obispos y con la bendición de Ratzinger en un alarde mediático y tecnológico desde la Gran Ramera,”la Puta de Babilonia” y como no, de las organizaciones ultra-cristianas mas radicales y conservadoras, Movimiento Camino Neocatecumenal, Voluntarios de la Misión, Acción Católica, el Foro de la Familia, los Focolares, Schoenstatt, Cursillos de Cristiandad, Comunión y Liberación, Regnum Christi, Renovación Carismática, la Comunidad de San Egidio y el Opus Dei solo falto el fundador de los Legionarios de Cristo, Marcial Maciel acusado de pederastia. Adoradores de imágenes tribales de un declarado Dios, demostrándonos que no han evolucionado nada en 2000 años; con la verborrea apocalíptica que les caracteriza ajena a la lógica -eso si convicción no les falta- sus creencias son tan fuertes que han perdido la capacidad de raciocinio además de hacer gala de una inconmensurable capacidad demagógica, enquistándose en el oscurantismo mas propio del medioevo y los momentos mas sangrantes de la Inquisición. No hay que olvidar que Ratzinger fue antes de papa, Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, anteriormente llamada también Sagrada Congregación del Santo Oficio, más conocida como la Santa Inquisición de la cual en España estamos un tanto versados, quizás y muy probablemente por haberla sufrida de la forma mas lacerante, no solamente en cuerpo, sino por haber minado nuestro cerebro y en consecuencia la moral y autoestima, hasta el punto de que generaciones enteras de españoles han creído no diré a pies juntillas, pero si por imperativo legal en la única y oficial religión del estado que se nos ha impuesto durante los últimos 900 años; siglos de subordinación son causa posible mas que probable de que el pensamiento laico no haya podido desprenderse de esta capacidad intimidatoria que tiene el nacional-catolicismos como religión. Y aquí van algunas prebendas de cuando Ratzinger era Prefecto de la congregación para la doctrina de la Fe “ Atención Pastoral a las Personas Homosexuales”, Benedicto XVI y la homosexualidad: - Es necesario precisar que la particular inclinación de la persona homosexual, aunque en sí no sea pecado, constituye sin embargo una tendencia, más o menos fuerte, hacia un comportamiento intrínsecamente malo desde el punto de vista moral. Por este motivo la inclinación misma debe ser considerada como objetivamente desordenada. Quienes se encuentran en esta condición deben, por tanto, ser objeto de una particular solicitud pastoral, para que no lleguen a creer que la realización concreta de tal tendencia en las relaciones homosexuales es una opción moralmente aceptable. - Ningún programa pastoral auténtico podrá incluir organizaciones en las que se asocien entre sí personas homosexuales, sin que se establezca claramente que la actividad homosexual es inmoral. Una actitud verdaderamente pastoral comprenderá la necesidad de evitar las ocasiones próximas de pecado a las personas homosexuales. - Los obispos deben procurar sostener con los medios a su disposición el desarrollo de formas especializadas de atención pastoral para las personas homosexuales. Esto podría incluir la colaboración de las ciencias psicológicas, sociológicas y médicas, manteniéndose siempre en plena fidelidad con la doctrina de la Iglesia.

LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA IGLESIA CATÓLICA EN ESPAÑA Art.16.3.(Constitución Española) Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones. La actual Ley de Libertad Religiosa consolida una situación contraria al derecho común y vulnera los principios de laicidad del Estado y de igualdad de todos los ciudadanos. El Gobierno socialista no ha estado por la labor de un estado laico, prueba de ello es el acuerdo económico con la Iglesia católica de septiembre de 2006, ratificado en los Presupuestos Generales del Estado de 2007,clave es, que se cumpla lo pactado en tema autofinanciación, fijado en los Acuerdos del Estado y la Santa Sede de 1979 y ratificado en 1988 cuando entró en vigor el modelo de asignación tributaria. Teniendo la Iglesia católica privilegios económicos, con el acuerdo de septiembre de 2006 los incrementa, al subir el porcentaje de la asignación tributaria de 0,52% a 0,7%. El catolicismo es la única religión para la que el Estado recauda, por consiguiente el Gobierno ofrece, así, a la Iglesia católica unas ventajosas condiciones cada vez más favorables en suma total mas beneficios por exenciones fiscales y ayudas para el mantenimiento del patrimonio y un largo etcétera. Estamos hablando de mas de 5 mil millones de € que la insaciable Gran Ramera se mete en el bolsillo. Además el concordato con la Santa Sede, es un acuerdo que discrimina por razón de sexo y opción sexual, copiado del anterior concordato franquista de los años cincuenta, este tratado internacional con la Iglesia fue orquestado a voluntad y con únicos intereses desde el Vaticano. En ningún momento fue negociado por representantes legítimos de la soberanía popular española. Por ello España no puede permanecer vinculada al Estado Vaticano en virtud de un tratado obsoleto. El concordato, ante todo, es un contrato y todos los contratos, con el tiempo, se revisan y se extinguen. Para evitar estas situaciones anormales el Derecho Internacional se vale del principio rebus sic stantibus, termino que alude a la denuncia unilateral de un tratado internacional debido al “cambio fundamental de las circunstancias”. No hay olvidar que nos referimos a un tratado internacional suscrito con un Estado (El Vaticano) donde no existe la democracia y se margina a las mujeres de los órganos de gobierno así como a los miembros de otras confesiones religiosas. Su estructura es estrictamente piramidal, al estilo de cualquier secta y sin olvidar lamentables posiciones que ocasionan graves daños a la humanidad como la mantenida respecto al SIDA y los preservativos. Aquellos que consideren que la Iglesia no respeta sus derechos como ciudadano español y no comparten su radicalización, un paso importante para que no se continúen beneficiándose económicamente de tu pertenencia al computo de “católicos” que utilizan tanto el gobierno como la iglesia para calcular los millones de euros que perciben del estado, es renunciar explícitamente a pertenecer a ella.

LA APOSTASÍA

Siglos de idolatría de un ritual que puso de moda por Juan el Bautista, “predicador nazareo, que bautizaba a cada uno de sus creyentes en el rió Jordán «para la remisión de los pecados»”, ritual que se ha perpetuado como costumbre social. Al no haber alternativa laica posible, dado el férreo adoctrinamiento habido por parte de la Iglesia Católica, este rito se a perpetuado hasta nuestros tiempos. El bautismo como sacramento, implica a quien lo recibe el ingreso de esta persona, en una comunidad religiosa, cual cosa si es realizado de facto después del nacimiento, este ciudadano, hombre o mujer, cuando llegue a tener uso de razón, se encontrará formando parte de una confesión religiosa, de la cual nadie le ha concedido el derecho de pertenecer o no a ella. La apostasía es el procedimiento por el cual se abandona la pertenencia a la Iglesia Católica después de haber entrado a formar parte de ella mediante el bautismo. La declaración de apostasía es el único medio que la Iglesia Católica, en principio, reconoce para que una persona bautizada deje de pertenecer a ella de forma voluntaria, ya que el apartarse de la práctica religiosa en ausencia de una manifestación formal de abandono de la Iglesia no comporta para la Iglesia ninguna situación especial. Sin embargo, viene siendo una práctica habitual por parte de la Iglesia Católica negarse o poner trabas a la aceptación de las declaraciones de apostasía. Conviene entonces recurrir a la Agencia Española de Protección de Datos para que ésta obligue (en cumplimiento de la Ley Orgánica de Protección de Datos) a la Iglesia Católica a que suprima de todos sus registros los datos de la persona que así lo solicite (todas las últimas resoluciones de la Agencia así lo hacen). Para apostatar, primero hay que solicitar a la Iglesia Católica que suprima nuestros datos personales de todos sus registros, puesto que nos oponemos a que posea dichos datos personales (este procedimiento, según la Ley Orgánica de Protección de Datos, recibe el nombre de “ejercicio del derecho de oposición”). Para ello, hay que realizar dos procedimientos paralelos y casi idénticos, en primer lugar hay que dirigir dos cartas solicitando que supriman nuestros datos personales de todos sus registros; una a la parroquia donde se recibió el bautismo, pues es ésta la que posee los libros parroquiales (es decir los libros de bautismos, confirmaciones, bodas y defunciones) y otra al obispado/arzobispado al cual pertenece dicha parroquia, pues es éste quien posee una copia de los libros parroquiales de todas sus parroquias. Una vez enviadas dichas cartas, caben varias posibilidades: -Aceptan nuestra solicitud y acceden a suprimir nuestros datos. En este caso, finaliza así nuestro proceso de apostasía. -Se niegan a suprimir nuestros datos. En este caso cabe cursar una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos. - Ponen alguna traba para suprimir nuestros datos. En este caso también cabe cursar una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos. - Pasa más de un mes sin que recibamos respuesta alguna. También cabe cursar una denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos.

INFORMACIÓN PARA APOSTATAR

Si quieres saber cuál es la diócesis a la que pertenece un determinado municipio, puedes consultarlo en: http://www.conferenciaepiscopal.es/scripts/municipios/busca.idc Si quieres saber los datos del obispado/arzobispado de cualquier diócesis (nombre, dirección), así como los datos de sus parroquias, puedes consultar el siguiente listado de todas las diócesis del Estado español: http://www.conferenciaepiscopal.es/diocesis/diocesis.htm Para enviar las cartas a la parroquia y al obispado dispones de varios métodos: Mediante correo certificado. En mano en la propia sede de la entidad. Para ello, haz primero una fotocopia de la carta de ejercicio del derecho de oposición, una vez completamente rellenada, para que te pongan el sello de entrada (con sello oficial y reseñando la fecha de recepción) y tener así un justificante de que se ha entregado. Mediante un burofax, que tiene un precio muy razonable (si no se conoce el sistema, puede obtenerse información en cualquier oficina de Correos) o mediante un requerimiento notarial (que puede hacerse ante cualquier Notaría, pero es un proceso algo más caro y exige dedicarle más tiempo). Si pasa un mes y no recibes repuesta alguna, o bien recibes una carta donde se desestima tu ejercicio de oposición, o bien te ponen alguna traba (por ejemplo, solicitándote la partida de bautismo), entonces rellena el modelo de carta de “Denuncia ante la Agencia Española de Protección de Datos”. Una vez rellenados todos los datos de la carta de denuncia, haz una fotocopia de la misma para que te pongan un sello con la fecha en Correos y tener así un justificante de que se ha entregado. Adjunta una fotocopia del DNI. Adjunta también, si procede, una fotocopia de la carta donde la parroquia o el obispado/arzobispado desestima tu ejercicio de oposición o te pone alguna traba al mismo. Envía la carta de denuncia y la fotocopia del DNI por correo certificado a la Dirección de la Agencia Española de Protección de Datos ( C/ Jorge Juan, 6, 28001 Madrid ) y solicita que en Correos sellen con la fecha la fotocopia de la carta. Los modelos de las cartas puedes descargártelos desde la excelente página dedicada a este tema: www.apostasia.es